Vemos una noticia en la que un Juez obligaba a una madre, que al parecer había sufrido violencia por su pareja, a entregar a los hijos menores al padre.

La enérgica y encendida defensa de ciertos lobbys y frupos mediáticos de presión contra una resolución judicial no puede sino calificarse como, cuanto menos, antijurídica.

Las resoluciones judiciales están para cumplirlas. Ahora bien, ayer quedó clara esa rebeldía, de mano de la propia requerida, como de su dirección letrada, lo que se ha traducido en la desaparición de la madre con los hijos.

No debemos olvidar lo que abarca e implica la patria potestad sobre unos hijos menores. La violencia de género ejercida sobre una pareja, en su caso, no ha de implicar causa de cese de la patria potestad sobre los hijos menores comunes.

Si un juez, valoradas discrecional y prudentemente las circunstancias ha concluido en entregar los menores al padre, NADIE debe rebatir esa orden. Nadie. Las resoluciones judiciales están para cumplirlas. Obligatoria y necesariamente debemos invertir las posturas: ¿y si fuera el padre el que se negara a la entrega?.

Es lamentable el uso que de la violencia se viene haciendo desde esos grupúsculos de presión. Lamentable hasta el punto de legitimar la desobediencia a un Juez.

Pues bien, para que la Justicia fuera ejemplar, debe ser eficaz. Dicha madre deberá enfrentarse a las consecuencias inherentes a su acción. Y que, del mismo modo, se depuren otras responsabilidades.

Que la violencia de género es deleznable, de acuerdo. Pero el anunciado incumplimiento de una orden judicial, resulta aún peor. Una merece reproche penal. LA OTRA, TAMBIEN.